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P.S.O.E. COLMENAREJO

Crisis en el Ayuntamiento de Colmenarejo

Crisis en el Ayuntamiento de Colmenarejo

Fachada del Ayto. Colmenarejo gobernado actualmente por el P.P. en minoría y el Apoyo de VICO

 2 Años de Gobierno del PP de Colmenarejo con el Apoyo de VICO han bastado para considerar que el Ayuntamiento de Colmenarejo está en Crisis. 

La Concejala Dª Concepcion Morales Taboada, dimite de las Concejalias de Personal y Regimen Interior, siendo aceptada por la Alcaldesa de Colmenarejo Nieves Roses asumiendo ella misma estas competencias.

Recordemos que ya el Concejal D. Fco. Javier Diaz Ruiz dimitio de la Concejalia de Seguridad, pero la Alcaldia no acepto dicha dimisión, lo que quedo en un toque de Atención por parte del Concejal a la Alcaldesa del PP Nieves Roses.

Las rencillas internas "sabidas" entre los Concejales del PP Colmenarejo han terminado en una dimisión "esperada" dado el mal ambiente de trabajo motivado por la poca implicacion de las Concejalas foráneas en los temas trascendentales de Colmenarejo.

Concha Morales, vecina de Alpedrete con un sueldo de 36.000€ anuales, y Rosa Preciado muy vinculada a El escorial, con un sueldo de 18.000€. anuales, no terminan de implicarse activamente como otros Concejales de Colmenarejo, dado que en algunas ocasiones dejan de lado los intereses del pueblo, sus trabajadores, tradiciones, etc y en otros no se digna ni a aparecer representando a Colmenarejo.

En definitiva una crisis anunciada a la que nos deberan explicar sus consecuencias a los vecinos y vecinas de Colmenarejo.

Convocatoria Pleno Ordinario 26 Julio 2013 a las 20:00h

Convocatoria Pleno Ordinario 26 Julio 2013 a las 20:00h

Fachada del Ayto. Colmenarejo gobernado actualmente por el P.P. en minoría con apoyo de VICO

 

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 229 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace saber que ha sido convocada por la Alcaldía-Presidencia, sesión plenaria ordinaria de esta Corporación municipal para el día 26 de JULIO de 2013 a las VEINTE horas (20:00) con el siguiente:

 

ORDEN DEL DÍA

 PARTE RESOLUTORIA

1.- ACTA DE LA SESION ANTERIOR.

2.- PROPUESTA DE LA ALCALDIA SOBRE SOLICITUD DEL CONCESIONARIO DEL CENTRO DE INTERPRETACION LA COLMENA.

3.- PROPUESTA DE LA CONCEJAL DE HACIENDA RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CREDITOS 03/2013.

4.- CONTRATO DE GESTION DE SERVICIO PUBLICO ESCUELA INFANTIL LAS CASITAS.

5.- PROPUESTA DEL GRUPO MUNICIPAL DE ALTERNATIVA POR COLMENAREJO PARA LA CORRECCION DE ERROR MATERIAL EN LA REDACCION DE LA MODIFICACION PUNTUAL Nº 9.

6.- PROPUESTA DEL GRUPO MUNICIPAL DE ALTERNATIVA POR COLMENAREJO PARA INICIAR LOS TRAMITES DESTINADOS A LA INCLUSION EN EL CATALOGO DE BIENES A PROTEGER DE LAS NN.SS. DE LA CASA TRADICIONAL SITA EN LA CALLE MADRID 9-11.

7.- PROPUESTA DEL GRUPO MUNICIPAL DE ALTERNATIVA POR COLMENAREJO PARA LA APLICACIÓN DE POLITICAS INSTITUCIONALES QUE GARANTICEN LA RESERVA DE EMPLEO PARA LOS MINUSVALIDOS.

PARTE DE CONTROL

8.- DACION DE CUENTA INFORME DE EJECUCION PLAN DE AJUSTE 2T 2013.

9.- DACION DE CUENTA INFORME DE PLAZOS DE MOROSIDAD EN EL PAGO 2T 2013.

10.- DECRETOS.

11.- ASUNTOS URGENTES.

12.- MOCIONES RUEGOS Y PREGUNTAS.

 

USO PARTIDISTA FACEBOOK AYTO. COLMENAREJO Domingo 23-06-2013

USO PARTIDISTA FACEBOOK AYTO. COLMENAREJO Domingo 23-06-2013

Imagen de la Noticia Publicada en el Facebook Ayto Colmenarejo el Domingo 23-06-2013

USO PARTIDISTA FACEBOOK AYTO. COLMENAREJO 23-06-2013

Cuando todos los vecinos y vecinas esperan ver noticias en el facebook municipal, relacionadas con las actividades desarrollados por el Ayuntamiento; el Partido Popular de Colmenarejo encabezado por la Alcaldesa Dª Nieves Roses Roses, usa el facebook del Ayto. Colmenarejo para publicar su asistencia a una reunión de su partido PP, con Ignacio Gonzalez actual presidente de la Comunidad de Madrid, solamente con "Alcaldesas Populares de la Zona".

De esta forma, los Socialistas de Colmenarejo denuncian el uso partidista del Facebook Municipal con la publicación de esta noticia por la Alcaldesa del PP, Dª Nieves Roses Roses, exigiendo que sea retirada inmediatamente y si quieren sea publicada en su blog, facebook o web propia del PP y no en la web municipal de los vecinos y vecinas de Colmenarejo.


Esta no es la primera vez que se concurre en un uso partidista por parte del PP Colmenarejo en la forma de comunicación de sus actividades, ya que el 02 Agosto 2011, Psoe Colmenarejo denuncio el uso partidista de la web municipal.

Enlace a la primera denuncia que hizo Psoe Colmenarejo sobre el uso Partidista de la web municipal del Ayto. de Colmenarejo:

http://socialistascolmenarejo.blogia.com/2011/080201-noticia-eliminada-de-la-web-municipal-tras-la-denuncia-de-uso-partidista-pagina-.php

Convocatoria Pleno Ordinario 27 Junio 2013 a las 20:00h

Convocatoria Pleno Ordinario 27 Junio 2013 a las 20:00h

Fachada del Ayto. Colmenarejo gobernado actualmente por el P.P. en minoría con apoyo de VICO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 229 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace saber que ha sido convocada por la Alcaldía-Presidencia, sesión plenaria ordinaria de esta Corporación municipal para el día 27 de ABRIL de 2013 a las VEINTE horas (20:00) con el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

PARTE RESOLUTORIA

1.- ACTA DE LA SESION ANTERIOR.

2.- PROPUESTA DE ALCALDIA ADDENDUM AL CONTRATO ARRENDAMIENTO DE VODAFONE.

3.- PROPUESTA DE ALCALDIA REVISION COSTES DE REFERENCIA DE EDIFICACION.

4.- PROPUESTA DE ALCALDIA EXPEDIENTE DE ENAJENACION PARCELA NUM. 27 SAU-4 INDUSTRIAL.

5.- PROPUESTA DEL GRUPO MUNICIPAL ALTERNATIVA POR COLMENAREJO PARA LA MODIFICACION DE ALGUNOS ASPECTOS DEL REGLAMENTO REGULADOR DEL SERVICIO PUBLICO DE GESTION PUNTO LIMPIO, RECOGIDA DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS, DE PODAS Y ENSERES Y LIMPIEZA VIARIA DEL AYUNTAMIENTO DE COLMENAREJO.

6.- PROPUESTA DEL GRUPO MUNICIPAL ALTERNATIVA POR COLMENAREJO DE ACUERDO DE MODIFICACION PUNTUAL Nº 11 REGULACION DE LA FIGURA DE MICRO-RESERVA EN LAS NN.SS.

7.- PROPOSICION DEL GRUPO MUNICIPAL ALTERNATIVA POR COLMENAREJO DE ACUERDO PARA LA ADHESION A LA RED DE CIUDADES QUE CAMINAN.

8.- PROPOSICION DEL GRUPO MUNICIPAL DEL PARTIDO POPULAR HOMENAJE A LOS CENTENARIOS DE COLMENAREJO.

PARTE DE CONTROL

9.- DACION DE CUENTA LIQUIDACION DEL PRESUPUESTO 2012.

10.- DECRETOS.

11.- ASUNTOS URGENTES.

12.- MOCIONES RUEGOS Y PREGUNTAS.

Convocatoria Pleno Ordinario 30 Mayo 2013 a las 19:00h

Convocatoria Pleno Ordinario 30 Mayo 2013 a las 19:00h

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 229 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace saber que ha sido convocada por la Alcaldía-Presidencia, sesión plenaria ordinaria de esta Corporación municipal para el día 30 de MAYO de 2013 a las DIECINUEVE horas (19:00) elsiguiente Orden del Día:

ORDEN DEL DIA

PARTE RESOLUTORIA

1.- ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES.

2.- TOMA DE POSESION DE Dª MARIA ISABEL MARTINEZ VIDAL, COMO CONCEJAL DEL PARTIDO MUNICIPAL VIVE COLMENAREJO.

3.- PROPUESTA DE LA ALCALDIA ESTABLECIMIENTO DE PRECIO PUBLICO RELATIVO A CEREMONIAS MATRIMONIALES.

4.- PROPUESTA DE LA ALCALDIA RENUNCIA PARCELA NUM. 3 UNIDAD DE EJECUCION 17-B, “PEÑAS DEL TRIGO SUR”, CALLE ARROYO DE LA PARRA NUM. 5.

5.- PROPUESTA DE LA CONCEJALIA DE URBANISMO EXPEDIENTE ORDENANZA ESPECIAL REGULADORA DE TRAMITACION DE LICENCIAS DE INSTALACION, APERTURA Y FUNCIONAMIENTO DE ACTIVIDADES DEL AYUNTAMIENTO DE COLMENAREJO.

6.- PROPUESTA DE LA CONCEJALIA DE HACIENDA RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CREDITOS 02/2013.

7.- PROPUESTA DE LA CONCEJALIA DE HACIENDA MODIFICACION DE CREDITOS 02/2013.

8.-PROPUESTA DE LA CONCEJALIA DE HACIENDA MODIFICACION ORDENANZA FISCAL Nº 13 REGULADORA DE LA TASA POR EMISION DE DOCUMENTOS Y TRAMITACION DE EXPEDIENTES QUE EXPIDAN O DE QUE ENTIENDAN LA ADMINISTRACION O AUTORIDADES LOCALES, A INSTANCIA DE PARTE.

9.- PROPUESTA DE LA CONCEJALIA DE HACIENDA REVISION DE PRECIOS DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS, PODAS Y ENSERES, LIMPIEZA VIARIA Y GESTION DEL PUNTO LIMPIO, EJERCICIO 2013.

10.- PROPUESTA DE LA CONCEJALIA DE MEDIO AMBIENTE MODIFICACION PUNTUAL NORMAS SUBSIDIARIAS Nº 10, LAS MINAS.

11.- PROPUESTA DE LA CONCEJALIA DE URBANISMO MODIFICACIONES SERVICIOS TECNICOS ORDENANZA DEL GRUPO MUNICIPAL ALTERNATIVA POR COLMENAREJO DE ACTOS COMUNICADOS PARA LA CONCESION DE LICENCIA OBRA MENOR

 

PARTE DE CONTROL

12.- DACION DE CUENTA ADHESION DE LA ADENDA AL CONVENIO MARCO DE 15 DE NOVIEMBRE DE 2007 ENTRE LA ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO Y LA COMUNIDAD DE MADRID PARA LA IMPLANTACION DE UNA RED DE OFICINAS INTEGRADAS DE ATENCION AL CIUDADANO EN LA COMUNIDAD DE MADRID

13.- DACION DE CUENTA INFORME PLAZOS MOROSIDAD PAGO PRIMER TRIMESTRE 2013.

14.- DECRETOS.

15.- ASUNTOS URGENTES.

 

16.- MOCIONES RUEGOS Y PREGUNTAS

 

2 años de Gobierno del PP en Colmenarejo #ColmenarejoSucioyAbandonado

2 años de Gobierno del PP en Colmenarejo #ColmenarejoSucioyAbandonado

Fachada del Ayto. Colmenarejo gobernado actualmente por el P.P. en minoría y el Apoyo de VICO

2 Años de Gobierno del PP de Colmenarejo con el Apoyo de VICO han bastado para considerar que Colmenarejo esta Sucio y Abandonado: Imagenes de la Suciedad en las calles de Colmenarejo y el Abandono Total de la Casa de la Juventud desde el año 2.011

Detalle del estado actual de suciedad en las calles de Colmenarejo en los últimos meses por parte del equipo de Gobierno del PP.


    
Hace unos meses ...

... estado actual de la Suciedad en las calles de Colmenarejo


   

Imagenes del estado de Suciedad de las calles de Colmenarejo 


Detalle del estado actual de la casa de la Juventud en Colmenarejo desde su cierre en el año 2.011 por parte del equipo de Gobierno del PP.

 

 

Imagenes del estado de Abandono de Casa de la Juventud Colmenarejo 

     

¿Por qué se tapiaron las ventanas?

 

Mandanos tus fotos  a psoecolmenarejo@gmail.com y sube tus fotos a Twitter con el hastag: #ColmenarejoSucioyAbandonado

REGLAMENTO REGULADOR DEL SERVICIO PÚBLICO DE GESTIÓN DEL PUNTO LIMPIO

REGLAMENTO REGULADOR DEL SERVICIO PÚBLICO DE GESTIÓN DEL PUNTO LIMPIO

Fachada del Ayto. Colmenarejo gobernado actualmente por el P.P. en minoría

Informacion Municipal de Colmenarejo en el BOCM

BOCM nº 120 22 de Mayo 2.013 pag. 154-166 REGLAMENTO REGULADOR DEL SERVICIO PÚBICO DE GESTIÓN DEL PUNTO LIMPIO, RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS, DE PODAS Y ENSERES Y LIMPIEZA VIARIA DEL AYUNTAMIENTO DE COLMENAREJO

ORDENANZA PARA LA CONCESIÓN DE OBRA MENOR

ORDENANZA PARA LA CONCESIÓN DE OBRA MENOR

Fachada del Ayto. Colmenarejo gobernado actualmente por el P.P. en minoría

Informacion Municipal de Colmenarejo en el BOCM

BOCM nº 120 22 de Mayo 2.013 pag. 167-171 ORDENANZA DE ACTOS COMUNICADOS PARA LA CONCESIÓN DE LICENCIA DE OBRA MENOR DEL AYUNTAMIENTO DE COLMENAREJO

 

Obras Calle Madrid en el BOCM

Obras Calle Madrid en el BOCM

Estado de las Obras de la Calle Madrid en Colmenarejo

BOCM nº 88 15 Abril 2.013 pag. 110

I. COMUNIDAD DE MADRID D) Anuncios Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio NUEVO ARPEGIO, S. A.

RESOLUCIÓN de 11 de marzo de 2013, del Consejero-Delegado de Nuevo ARPEGIO,Sociedad Anónima, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” de la formalización del contrato de obras titulado “Pavimentación y renovación de redes de la calle Madrid”, en el municipio de Colmenarejo (Madrid), incluida en el Programa Regional de Inversiones y Servicios de la Comunidad de Madrid para el período 2008-2011. Resolución del Viceconsejero de Asuntos Generales de la Vicepresidencia de 23 de julio de 2012. 

 1. Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Nuevo ARPEGIO, Sociedad Anónima.

b) Dependencia que tramita el expediente: Nuevo ARPEGIO, Sociedad Anónima.

c) Número de expediente: CA/0811.049.07/01/O.

d) Dirección de Internet del “perfil del contratante”: Portal de la Contratación Públicade la Comunidad de Madrid (http://www.madrid.org/contratospublicos).

2. Objeto del contrato:

a) Tipo de contrato: Obras.

b) Descripción del objeto: Ejecución de las obras de infraestructuras.

d) CPV: 45000000-7.

e) Acuerdo marco (si procede): No.

f) Sistema dinámico de adquisición (si procede): No.

g) Medio y fecha de publicación del anuncio de licitación: BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DEMADRID y Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid de 16 de noviembre de 2012.

3. Tramitación y procedimiento:

a) Tramitación: Ordinaria.

b) Procedimiento: Abierto.

4. Valor estimado del contrato: 249.483 euros.

5. Presupuesto base de licitación:

— Importe neto: 249.483 euros.

— IVA: 52.391,43 euros.

— Importe total: 301.874,43 euros.

6. Formalización del contrato:

a) Fecha de adjudicación: 7 de febrero de 2013.

b) Fecha de formalización del contrato: 28 de febrero de 2013.

c) Contratista: “Teodoro del Barrio, Sociedad Anónima” (TEBASA).

d) Importe de adjudicación:

— Importe neto: 160.367,67 euros.

— IVA: 33.677,21 euros.

— Importe total: 194.044,88 euros.

e) Ventajas de la oferta adjudicataria: Oferta más ventajosa considerada conforme a los criterios de adjudicación definidos en el apartado 9 del Anexo I del Pliego deCláusulas Particulares.

Madrid, a 11 de marzo de 2013.—El Consejero-Delegado, Francisco Labayen Latorre.(01/970/13)

Convocatoria Pleno Extraordinario 15 Mayo 2013 a las 10:00h

Convocatoria Pleno Extraordinario 15 Mayo 2013 a las 10:00h

Fachada del Ayto. Colmenarejo gobernado actualmente por el P.P. en minoría

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 14.1 del Reglamento de Participación Ciudadana de Colmenarejo, aprobado por acuerdo del Pleno de la Corporación de 24 de julio de 2001, adjunto se remite convocatoria a sesión extraordinaria del Pleno, que se celebrará el próximo 15 de MAYO de 2013 a las DIEZ horas (10:00), en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial, con el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

PARTE RESOLUTORIA

 1.- ACTA SESIÓN ANTERIOR.

2.- CONTRATO DE GESTIÓN DE SERVICIO PÚBLICO ESCUELA INFANTIL LAS CASITAS

 

Convocatoria Pleno Ordinario 01 Abril 2013 a las 19:00h

Convocatoria Pleno Ordinario 01 Abril 2013 a las 19:00h

Fachada del Ayto. Colmenarejo gobernado actualmente por el P.P. en minoría

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 229 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace saber que ha sido convocada por la Alcaldía-Presidencia, sesión plenaria ordinaria de esta Corporación municipal para el día  1 de ABRIL de 2013 a las DIECINUEVE horas (19:00) elsiguiente Orden del Día:

ORDEN DEL DÍA

PARTE RESOLUTORIA

 1.- ACTA SESIÓN ANTERIOR.

 2.- PROPUESTA DE LA ALCALDIA DE CONCESIÓN DE COMPATIBILIDAD DE D. JULIO ALFONSO NOVOA LÓPEZ.

3.- PROPUESTA DE LA ALCALDIA DE AMORTIZACIÓN DE PLAZA DE VICESECRETARIAINTERVENCIÓN.

4.- PROPOSICIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA-LOS VERDES SOBRE LA REFORMA DE LA LEY DE BASES DEL REGIMEN LOCAL.

5.- PROPOSICIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL DE IZQUIERA UNIDA-LOS VERDES EN RELACIÓN AL DIA 8 DE MARZO DE 2012, DIA INTERNACIONAL DE LA MUJER.

6.- PROPOSICIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA-LOS VERDES EN CONTRA DE LA SUBIDA DEL TRANSPORTE PÚBLICO EN LA COMUNIDAD DE MADRID Y DEL RECORTE DE RECORRIDO Y LINEAS EN COLMENAREJO.

7.- MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA SOLICITANDO AL PRESIDENTE DEL GOBIERNO MARIANO RAJOY EL CESE DE LA MINISTRA DE SANIDAD ANA MATO.

8.- MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA CON MOTIVO DEL 8 DE MARZO, DIA INTERNACIONAL DE LAS MUJERES.

9.- MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA SOBRE NUEVA REGULACIÓN DEL GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN LOCAL.


PARTE DE CONTROL

10.- REQUERIMIENTO DEL GRUPO MUNICIPAL ALTERNATIVA POR COLMENAREJO, DE PRESENCIA E INFORMACION DE LA SRA. ALCALDESA, O EN QUIEN TENGA DELEGADAS LAS COMPETENCIAS, PARA QUE DE CUENTA AL PLENO DE LAS SENTENCIAS JUDICIALES HABIDAS A FAVOR O EN CONTRA DEL AYUNTAMIENTO DESDE EL AÑO 2008 HASTA LA FECHA, FALLOS Y COSTE DE LAS MISMOS, ASÍ COMO DE LAS ACTUACIONES ABIERTAS CONTRA EL AYUNTAMIENTO EN LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO o JUZGADOS DE LO SOCIAL DESDE EL CITADO AÑO. 

11.- REQUERIMIENTO DEL GRUPO MUNICIPAL ALTERNATIVA POR COLMENAREJO, DE PRESENCIA E INFORMACION DE LA SRA. ALCALDESA, O EN QUEN TENGA DELEGADAS LAS COMPETENCIAS, PARA QUE DE CUENTA AL PLENO DE LAS ACTUACIONES QUE CONSTEN EN EXPEDIENTE DE LA SENTENCIA FIRME 01097/2003 DE LA SECCIÓN 2ª DEL TRIBUNAL SUPERIOR

12.- REQUERIMIENTO DEL GRUPO MUNICIPAL ALTERNATIVA POR COLMENAREJO, DE PRESENCIA E INFORMACION A LA SRA. ALCALDESA PARA QUE DE CUENTA DEL CUMPLIMIENTO DEL ACUERDO PLENARIO DE 29/09/2011, SOBRE DISPONIBILIDAD DE UN DESPACHO PARA LOS GRUPOS MUNICIPALES

13.- DACION DE CUENTAS DE LOS INFORMES DE MOROSIDAD EN EL PAGO DE LAS OPERACIONES COMERCIALES DE LOS DOS ULTIMOS TRIMESTRES DEL EJERCICIO 2012.

14.- DECRETOS.

15.- ASUNTOS URGENTES.

16.- MOCIONES RUEGOS Y PREGUNTAS.

 

 

 

 

 

Las REDES SOCIALES se hacen eco de la denuncia de PSOE COLMENAREJO

Las REDES SOCIALES se hacen eco de la denuncia de PSOE COLMENAREJO


Las REDES SOCIALES se hacen eco de la denuncia de PSOE COLMENAREJO, www.colmenarejo.net publica en sus paginas
que las puertas del Ayuntamiento de Colmenarejo (Madrid) estaran abiertas al público el Sábado 30 Marzo 2013, pero no para celebrar el Pleno de la Corporación

El PSOE de Colmenarejo denuncia públicamente la "Grave, frívola e irresponsable actuación del Equipo de Gobierno" (PP), al evitar convocar un Pleno el 30 y haber convocado dos plenos este mes, uno innecesario y otro "ilegal".

El Ayuntamiento de Colmenarejo estará abierto el Sábado 30 de Marzo pero no para celebrar pleno

El Ayuntamiento de Colmenarejo estará abierto el Sábado 30 de Marzo pero no para celebrar pleno

Las puertas del Ayuntamiento de Colmenarejo (Madrid) estaran abiertas al público el Sábado 30 Marzo 2013, pero no para celebrar el Pleno de la Corporación

EL PSOE COLMENAREJO DENUNCIA PUBLICAMENTE LA GRAVE, FRIVOLA E IRRESPONSABLE ACTUACION DEL EQUIPO DE GOBIERNO DEL PP

IRREGULARIDADES Y MALA GESTIÓN DE LA ALCALDESA Y SU EQUIPO COSTARÁN A LOS VECINOS CASI 2.000 € POR CELEBRAR UN PLENO INDEBIDO.
La Alcaldesa de Colmenarejo Nieves Roses (PP) y su equipo de Gobierno, decidió este mes convocar dos Plenos, uno de ellos innecesario e incomódo para los vecinos en el que aprobaron los Presupuestos y el otro ilegal, solo para evitar celebrar uno el sábado 30 de marzo, sin ningún sentido o justificación aparente, costándonos a los vecinos/as casi 2.000 € 

Mediante escrito de la Portavoz del Grupo Socialista de Colmenarejo, Macarena Elvira Rubio hace constar de la ilegalidad e irregularidad cometida por la Alcaldesa Nieves Roses (PP) al no convocar el Pleno Ordinario para el sábado 30 de marzo 2013 y convocarlo para el lunes dia 1 de abril 2013 sin ninguna razón ni justificación que sostenga la no celebración de un Pleno un sábado, salvo que consideren que son vacaciones ampliadas para los Concejales y Concejalas de todo el Equipo de Gobierno estando ausentes a sus responsabilidades.
El Pleno ordinario del mes de marzo 2013 correspondería celebrarlo el jueves 28, pero al ser festivo el acuerdo de Pleno que transcribimos y que exige la legislación, establece que si es festivo se tiene que celebrar el siguiente día hábil. Es decir, el sábado 30 marzo 2013 y no el 1 de abril.
Puestos a cometer irregularidades, lo que deberían haber hecho es adelantar el Pleno al lunes 25, martes 26 o miércoles 27 y haber evitado celebrar el Pleno extraordinario del martes 14 de marzo 2013 por la mañana (10:00h) para aprobar definitivamente el Presupuesto, trasladando la aprobación de los presupuestos a esta fecha, total 10 dias más para aprobar unos presupuestos injustos y antisociales con los mayores recortes de la historia y que deberían estar aprobados desde hace meses es irrelevante.

Lo que no nos da igual es la celebración de un Pleno que nos ha costado casi 2.000 €, o para ser más exactos más de1.770 euros a todos los vecinos de Colmenarejo y que se podía haber evitado solo con que ustedes hubieran retrasado sus vacaciones un día, solo un día.
Porque, o son incompetentes y nada les importa nuestro dinero, dándoles igual despilfarrar en tiempos de crisis, o su problema está en que se iban de vacaciones algunos de Uds y sus socios, negándose a celebrar un Pleno en plena Semana Santa evidenciando su ausencia y faltando su mayoría, que hubiera permitido con los votos de la oposición aproba las modificaciones y los ajustes presupuestarios legales y sociales que hemos exigido desde la oposición.
Cuestión que el PP con Nieves Roses y sus socios no pueden permitir, aun a costa de despilfarrar el dinero de los vecinos por su actuación frívola e irresponsable.
Esa es la tónica general del PP, un Gobierno que es capaz de subir el IBI hasta cifras astronómicas que asfixian a los vecinos solo con el ánimo de tener recursos para hacer y desahacer a su antojo incluso gastándose 2.000 € de esa recaudación para ocultar sus posibles ausencias y falta de responsabilidad.
ES GRAVE SU ACTUACIÓN POR IRREGULAR, FRIVOLA E IRRESPONSABLE.
Macarena Elvira Rubio.
Portavoz del Grupo Municipal Socialista.


ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE COLMENAREJO DE TREINTA DE JUNIO DE DOS MIL ONCE. 
 

3.- PERIODICIDAD DE LAS SESIONES PLENARIAS.-

Por la portavoz del grupo municipal del Partido Popular, Dª. Concepción Morales Taboada, se da cuenta de la propuesta de la Alcaldía, que literalmente dice:

"De acuerdo con lo establecido en el artículo 78.1 del Real Decreto 256//1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,

PROPONGO AL PLENO DEL AYUNTAMIENTO

Establecer la celebración de las sesiones ordinarias del Pleno el último jueves no festivo del mes a las 18,00 horas en el Salón de Sesiones del Ayuntamiento, si el día señalado fuera festivo se trasladará al siguiente día hábil, teniendo lugar la celebración del prime Pleno el día 28 de julio de 2011.

 Colmenarejo, a diecisiete de junio de dos mil once."

ALEGACIONES PSOE COLMENAREJO AL PRESUPUESTO 2013 DEL AYTO. COLMENAREJO

ALEGACIONES PSOE COLMENAREJO AL PRESUPUESTO 2013 DEL AYTO. COLMENAREJO

ALEGACIONES PSOE COLMENAREJO AL PRESUPUESTO 2013 DEL AYTO. COLMENAREJO.pdf

 

 

PSOE COLMENAREJO EN EL PERIÓDICO LA INFORMACIÓN FEBRERO 2.013

PSOE COLMENAREJO EN EL PERIÓDICO LA INFORMACIÓN FEBRERO 2.013

ANÁLISIS DE LOS PRESUPUESTOS Y DEL IBI POR LOS SOCIALISTAS DE COLMENAREJO

El 19 de enero los socialistas celebraron una Mesa redonda para explicar a los vecinos y vecinas de Colmenarejo, la alarmante situación por la que se está pasando en el Municipio desde el punto de vista económico, democrático y social, ante un Equipo de Gobierno, que no es capaz ni de defender a sus vecinos ante otras Administraciones exigiendo más recursos ni de dar soluciones.

Los ponentes, Teresa González Ausín diputada de la Asamblea de Madrid y vocal de la Comisión de Presupuestos, además de ex Concejala de Hacienda del Ayuntamiento de Coslada y buena conocedora de la aplicación de los impuestos municipales por la revisión catastral que se aprobó en su municipio en la pasada  legislatura y José Luis García Sánchez, Alcalde de San Martín de Valdeiglesias, diputado autonómico y Secretario de Política Municipal de pequeños municipios del PSM-PSOE, se centraron en su exposición en los problemas de Colmenarejo junto a la Portavoz Municipal Macarena Elvira Rubio y el Concejal Socialista Luis Gómez de Agüero que actuó como moderador.

Además se informó de la extrema gravedad de la brutal actuación del Equipo de Gobierno del PP, apoyado por VICO, al aprobar unos Presupuestos omitiendo el procedimiento y sin dar la documentación exigida por la Ley a los Concejales para que pudieran hacer una valoración con la información completa que exige la Ley, para poder presentar enmiendas, propuestas u otras  modificaciones  a los números elaborados por el PP y avalados por VICO.

Estos extremos, fueron puestos de manifiesto por la Portavoz Municipal Macarena Elvira que denunció públicamente en el acto, la vulneración de derechos fundamentales garantizados por la Constitución para el funcionamiento del sistema democrático en las Instituciones en la aprobación de los Presupuestos, que son los que deciden el futuro de los vecinos y vecinas, los que determinan la forma de gestionar y en este caso de privatizar, utilizando el dinero del municipio, con lo mal que estamos, para cosas que no hacen falta como es contratar una asistencia para hacer la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento por 18.000 € aun a sabiendas de que la Escuela infantil municipal necesita 50.000 € para mantener el funcionamiento del centro con la calidad educativa que venía prestando hasta ahora y que no se va a poder mantener porque la Comunidad de Madrid ha decidido no mantenerlo y el Ayuntamiento, en comparsa, tampoco, aun a riesgo de que convirtamos “Las Casitas” en un “aparcaniños” en el mejor de los casos, porque la organización que lo gestiona, ha tenido que reducir gastos con la pérdida de puestos trabajo, despidos.

Quizá sea ésta una de las razones por las que el Equipo de Gobierno del PP, apoyado por VICO, ha hecho caso omiso a la impugnación que han hecho todos los Partidos de la oposición ante la celebración del Pleno en el que se aprobaron inicialmente los Presupuestos.  Junto al problema de “Las Casitas”, Colmenarejo va a tener muchísimos problemas en el futuro y no por la deuda heredada, sino porque los Gobiernos del PP tanto a nivel nacional como a nivel autonómico, nos han estrangulado y nos han obligado a que seamos los vecinos y vecinas de Colmenarejo, con nuestro dinero, los que paguemos al Ayuntamiento a través del IBI, del Impuesto sobre Vehículos, las tasas por todo o por casi todo, incluido presentar un papel en el Ayuntamiento, y el resto de tributos locales, los que mantengamos todo lo que nos corresponde y lo que no, porque a través del Plan de Saneamiento aprobado el pasado año, también tenemos que pagar a los bancos unos intereses altísimos, los gastos financieros que aparecen en el Presupuesto y se corresponden principalmente, a los créditos que ha pedido este Ayuntamiento en los dos últimos años a través de la línea de crédito ICO, que tanto criticaron cuando salió publicado en el BOE, pero al que rápidamente se acogieron así como la operación de crédito concertada para el pago a proveedores, mediante la que el Banco Central Europeo, dio dinero al Gobierno del PP para financiar la deuda y Mariano Rajoy en lugar de darlo directamente a los Ayuntamientos, a coste prácticamente cero, se lo ha dado a los Bancos para que nos lo presten a nosotros con un elevado interés, que pagamos de nuestros bolsillos. Ahí están los gastos financieros.

Dinero, que no va a sostener la educación, la sanidad, las actividades de la escuela de música o las instalaciones del polideportivo, es decir, todo lo que nos está quitando  Ignacio González, pero que sí va a los Bancos.

Dinero de los vecinos y vecinas que esperemos que por lo menos sirva para tapar los baches y socavones de las calles, ante el llamativo incremento de los ingresos por el Impuesto de Vehículos, que no sabemos si es porque en Colmenarejo, de repente, todos somos ricos y nos hemos comprado coche, o porque lo que van a hacer es subir el impuesto. Esperamos que lo aclaren y resuelvan la situación porque de otro modo, el Ayuntamiento tendrá que asumir los costes de la responsabilidad patrimonial que va a tener por las denuncias de vehículos averiados como consecuencia de los agujeros que hay en las calles, que están en un lamentable estado de conservación.

Los recortes son de tal envergadura, que hasta las obras de mantenimiento de las infraestructuras como pueda ser el pavimento de una calle o determinadas reparaciones de edificios, no son contempladas como inversiones y se nos niega hasta un solo euro para inversiones. Tenemos un presupuesto, en el que no existen inversiones de ningún tipo, no tenemos capítulo 6 de gastos.

Ese capítulo, habría sido necesario para solventar las deficiencias que tanto ha denunciado el Gobierno Local del PP en el edificio de la Escuela de adultos, que solo ha sido utilizado por el Ayuntamiento para que se hiciera una foto la Alcaldesa inaugurándolo por segunda vez y después lo cerrara a cal y canto, como también ha cerrado el Punto Joven, transformando un edificio histórico y un recinto emblemático de nuestro Pueblo en el archivo municipal, tras enladrillar las ventanas de piedra y precintar el acceso de los vecinos al espacio público de recreo que fue desmantelado el año pasado.

Esto ya no es problema de dinero, es cerrar lo que es de todos, prohibir el disfrute de los espacios públicos y si no, solo hay que darse una vuelta por los parques y todo, para pagar intereses y sanear no sé el qué,  en tiempo record  porque los vecinos y vecinas de Colmenarejo no nos vamos a sanear, sino que nos están enfermando, sanitaria, educativa, cultural y económicamente y desde luego, moralmente pero mientras estemos nosotros no lo vamos a permitir, a pesar de su falta de respeto, de no saber estar y de ningunear a los vecinos y vecinas de Colmenarejo cercenando sus derechos.

La revisión catastral que ha sufrido este municipio el año pasado, ha sido un escándalo pese a que VICO haya sacado la cara por el PP, en un momento en el que no pueden contestar tras la crisis que sufre el Partido al que pertenece Nieves Roses, ante la posible mayor situación de corrupción que se ha visto en nuestra democracia con el caso Bárcenas y la trama Gurtel.

Entendemos que VICO, saque la cara por el PP cuando vemos publicitada la empresa Interglobo en carteles de actividades municipales como la celebrada las pasadas navidades a través de “Colmenalia” o la entrega de globos, publicitando la empresa en la cabalgata de reyes y con estas actuaciones también comprendemos su concepción de la Política cuando se critica que los Partidos Políticos y los Sindicatos se financien con dinero público. Si no se financiaran con dinero público y se permitiera la financiación de la actividad pública y de los Partidos o Sindicatos por parte de empresas sin ningún tipo de control, estaríamos ante un secuestro de la democracia, por los intereses empresariales y económicos de las empresas que financian los Partidos  que ejercen una actividad pública y que se vería condicionada y a merced de las necesidades e intereses de su financiador y no respondería a las necesidades de quien vota, que son los ciudadanos.

Los Partidos se financian porque responden a unos fines y objetivos públicos que están regulados en la Constitución, son parte del juego democrático y el dinero público que les sustenta, debe devolverse a los ciudadanos en forma de servicios públicos y al sometimiento del interés general, el de la mayoría.

Por eso, cuando se defiende la subida del IBI, el PSOE no está manipulando, quien manipula es VICO y el PP. Todos los vecinos saben lo que han pagado este año y poco  a poco, en los próximos años se darán cuenta de lo que van a pagar por la “Brutal y opaca”, insistimos, subida del IBI como consecuencia de la injusta e irreal revisión y nuevo valor de los inmuebles. Los valores están notificados y todos los vecinos que tienen algún inmueble de su propiedad, saben que se lo han revisado y que en 10 años tienen que pagar el incremento.

Por lo demás, le podemos facilitar las normas del catastro inmobiliario y toda la legislación, que expusimos a través de nuestra página web, explicando que el Ministerio no hace una revisión al alza si no quiere la Alcaldía y que el tipo que se aprobó, que es ridículamente más bajo, se votó en contra por parte de la oposición porque la aprobación de un nuevo tipo, el que VICO dice que es más bajo, daba lugar y daba pié a la aprobación de los nuevos valores catastrales, los que constituyen el sablazo que nos han dado PP y VICO. Ha sido el requisito único y necesario que pasó por Pleno para dar lugar a la subida del “valor de la vivienda o finca”, de otro modo, los vecinos ahora no estarían perjudicados y por eso votamos en contra: porque nos estaban engañando.

En cuanto a la bonificación, estamos de acuerdo pero también tenemos que decir alto y claro que el Equipo de Gobierno del PP y su socio político de VICO, no lo han hecho para favorecer a los vecinos, sino para facilitar y agilizar la gestión de cobro por parte del Ayuntamiento a través de la domiciliación y para poder tener en los primeros seis meses del año, lo que normalmente se paga a finales de año y facilitar así al Ayuntamiento, que somos todos, la liquidez que nos niega el PP en el resto de las Administraciones al habernos reducido el dinero que percibía Colmenarejo en transferencias corrientes y de capital.

¿Quién manipula?

La pinza que gobierna, está a tiempo de dar un paso atrás en el Presupuesto y modificar algunas partidas  como las de festejos, la externalización de trabajos que lo único que hacen es   dar dinero a otros mientras lo podría hacer el personal del Ayuntamiento o mantener dentro del Pleno competencias relativas al personal y no atribuirse de forma ilegal, porque el procedimiento de aprobación de los presupuestos ha vulnerado la Ley, la posibilidad de despedir a trabajadores bajo la delegación de competencias del  Pleno a la Alcaldía para cumplir el Plan de Saneamiento y amortizar puestos de trabajo.

Todo esto nos parece grave y como es insostenible, desde luego acudiremos a todas las instancias que permitan paralizar todas las decisiones que se tomen como  consecuencia de la aprobación definitiva de los Presupuestos si no son estimadas nuestras alegaciones.

No había ningún perjuicio no aprobando el Presupuesto el 29 de diciembre, porque el Presupuesto no se aprobó y la Concejala y la Alcaldesa sabían perfectamente que el presupuesto se prorroga automáticamente el día uno de enero porque no hicieron su trabajo en otoño, en octubre.

Estamos a tiempo de hacer un presupuesto social y que se solidarice desde la Institución con los más necesitados de este pueblo reforzando los servicios sociales. De otro modo, no nos quedará más remedio que recurrir en amparo al Tribunal Constitucional.

SÁBADO 02 FEBRERO 2.013, a las 11:00 h. ACTO SANIDAD, ¡MI SANIDAD NO SE VENDE!

SÁBADO 02 FEBRERO 2.013, a las 11:00 h. ACTO SANIDAD, ¡MI SANIDAD NO SE VENDE!

SÁBADO 02 FEBRERO 2.013 a las 11:00h , ACTO SANIDAD,
¡MI SANIDAD NO SE VENDE!


El próximo sábado 2 de Febrero 2013 a las 11:00h se celebrará un acto de Sanidad en el centro Civico "Reina Sofia" de Galapagar, sito en la plaza de la Constitución nº 4, donde intervendran :

Macarena Elvira

Secretaria General PSOE Colmenarejo

Jorge Cotallo González

Secretaria General PSOE Galapagar

Antonio Ruiz Sánchez

Médico de Familia Centro de Salud Colmenarejo-Galapagar 

Carmen Ortiz Ibañez

Médico Hospital Severo Ochoa


Contaremos con la Participación como moderadora de Matilde Díaz Ojeda, Secretaria de Sanidad y Políticas Sociales (PSOE Galapagar)


Contamos
 con tu presencia.

 

"Nos adherimos a la Manifestación del domingo 27 en Galapagar para defender lo que es de tod@s". Participa!

"Nos adherimos a la Manifestación del domingo 27 en Galapagar para defender lo que es de tod@s". Participa!

CHARLA DEBATE SOBRE PRESUPUESTOS E IBI 2013

CHARLA DEBATE SOBRE PRESUPUESTOS E IBI 2013


CHARLA DEBATE SOBRE PRESUPUESTOS E IBI 2013


El próximo sábado 19 de enero 2013 se celebrará una mesa redonda con la intervención de:

Macarena Elvira

Portavoz Grupo Municipal Socialista Colmenarejo

Teresa González

Diputada Socialista experta en Impuestos

José Luis García

Diputado y Secretario de Pequeños Municipios  del PSM.


Contaremos con la Participación como moderador de Luis Gómez de Agüero, Concejal Socialista del Ayuntamiento de Colmenarejo


El Acto se celebrará en el Salón de Plenos del Ayto. de Colmenarejo y dará comienzo a partir de las 18.30h

Contamos con tu presencia.

MOCION EN DEFENSA DE LA SANIDAD PÚBLICA Y EL APOYO DE LOS PROFESIONALES SANITARIOS

MOCION EN DEFENSA DE LA SANIDAD PÚBLICA Y EL APOYO DE LOS PROFESIONALES SANITARIOS

MOCIÓN EN DEFENSA DE LA SANIDAD PÚBLICA Y EL APOYO DE LOS PROFESIONALES SANITARIOS.

Hoy es un día de luto para el Sistema Nacional de Salud y en especial para la Sanidad Pública Madrileña porque se ha aprobado la privatización de la gestión sanitaria de hospitales y la privatización de veintisiete centros de salud.

La Sanidad Pública universal solo se garantiza y se cohesiona desde la gestión pública y con profesionales dependientes directivamente de la Administración porque es un derecho y solo desde las Administraciones Públicas se trabaja con una perspectiva única y exclusivamente de servicio público sin ningún otro interés que desvíe los objetivos y sin ninguna otra finalidad que no sea exclusivamente el interés general sin ánimo de lucro.

La gestión a través de cualquier otra entidad o empresa que no goce de estas características y esencia y además no tengan un régimen jurídico  en el que prime la garantía de la equidad, la cohesión, la igualdad y la solidaridad y la falta de ánimo de lucro, en las prestaciones sanitarias no garantiza el derecho a la salud establecido en la constitución.

Su no garantía, exige las máximas precauciones por parte de nuestros gobernantes a la hora de establecer medidas y tomar decisiones de tal forma, que no pueden adoptarse normas o decisiones de gestión que pongan potencialmente en riesgo el derecho a la salud de las personas en todas sus dimensiones.

Tampoco ningún derecho constitucional y menos la salud, puede constituir un instrumento para otros fines. Los derechos lo son como tal, constituyen un fin en sí mismos, constituye una garantía frente a cualquier intento de convertirse en otra cosa y bajo ningún concepto pueden ser objeto de mercadería o de negocio, y en la gestión y prestación de los mismos, no puede bajo ninguna excusa, supeditarse a un interés económico.

Si la salud es un derecho, los poderes públicos tienen que actuar y tomar medidas para garantizarla en igualdad de condiciones. Sin embargo, el Gobierno del Partido Popular en la Comunidad de Madrid, hoy mismo ha dado el espaldarazo definitivo a lo que pone en riesgo el derecho a la salud y el Sistema Nacional de Salud quebrando sus principios.

Con la privatización de los Hospitales y de los Centros de Salud, lo que se está haciendo es sacar del ámbito de lo público la prestación y gestión de un derecho, el derecho a la salud y lo convierte en un elemento negociable, a través de un negocio jurídico, un contrato de servicios que firmará ,si no conseguimos paralizarlo, con una empresa privada cuya finalidad no es dar satisfacción a los derechos de los ciudadanos y prestar un servicio ofreciendo las mejores garantías sin ánimo de lucro, sino que su finalidad es que sea rentable y que se obtenga un beneficio, porque de otra manera, desde la perspectiva del mercado, no es posible su prestación si no está sujeto a la oferta y a la demanda.

Debemos saber que hay cuestiones que deben estar por encima de intereses privados y que los poderes públicos deben abstenerse de negociar con ellos para no perjudicar a los ciudadanos, para no empeorar nuestra calidad de vida y para poder vivir con ciertas garantías desde un nivel básico y este nivel básico es la salud.

La privatización de la gestión sanitaria, no solo no va a mejorar la gestión sino que va a anteponer el beneficio económico y el dinero, a nuestra integridad física a la que tenemos derecho porque para ese pagamos impuestos y para eso tenemos un ordenamiento jurídico en el que se define a España con un Estado Social y Democrático de Derecho.

Las medidas que ha tomado la Comunidad de Madrid hoy en la Asamblea de Madrid, no son propias de un Estado Social, sino de un Estado Liberal y España no es un Estado Liberal, sino Social y se deben garantizar los derechos y en este caso, el derecho a la salud evitando que la gestión y las prestaciones sanitarios se lleven a cabo por empresas privadas y bajo el poder de dirección de un empresario que toma las decisiones no para servir a los ciudadanos y mejorar los servicios garantizando los derechos, sino para la buena marcha de la empresa en detrimento de nuestro derecho a la salud.

Un empresario, jamás comprará aparatos tecnológicos que necesiten determinados pacientes que requieren unos tratamientos caros, pero que son los adecuados, si hay pocos enfermos que los necesiten, pero sí puede generar determinados tratamientos y realizar pruebas que a su vez le proporcionen beneficios económicos.

Por otra parte, cuantos menos costes tenga y más se ahorre, más beneficio se obtendrá y si nos leemos bien la Ley de Contratos del Sector Público, todos los contratos de servicios y en los contratos de concesión, no priman los derechos, sino un negocio que se regula y en el que debe prevalecer el equilibrio económico y financiero del contrato porque el empresario nunca pierde.

Si hay poca demanda, lo que no gane la empresa porque no es rentable, lo tendremos que pagar los ciudadanos y si hay mucha demanda, procurarán ahorrar para no tener que gastar mucho y en ese caso, tendremos una mala e inadecuada asistencia.

Cuando los profesionales, se manifiestan bajo el lema “La Sanidad no se vende, se defiende”, se está resumiendo lo que supone, la ruptura del Estado del Bienestar y la quiebra y desaparición de lo que nos ha costado más de treinta años conseguir, unos mínimos iguales para todos con independencia de la región donde hayamos nacido, con independencia de nuestros recursos económicos, con independencia de nuestra raza, con independencia de nuestro origen y de nuestras convicciones, sexo…… que desaparecen con las decisiones hoy tomadas.


Por este motivo, nos solidarizamos con todos los profesionales que diariamente y con vocación de servicio público han sostenible el Sistema Nacional de Salud y proponemos al Ayuntamiento Pleno que adopte el siguiente

ACUERDO

PRIMERO.- Instar públicamente a la Comunidad de Madrid a que paralice las privatizaciones, mantenga todos los puestos de trabajo, la cartera de servicios y que retire el euro por receta porque todas estas decisiones quiebran la cohesión y el sistema nacional de salud concebido para garantizar el derecho a la salud.

SEGUNDO.- Que en el caso de que sigan adelante con las privatizaciones, adquirir el compromiso por parte del Ayuntamiento de no ceder ninguna instalación, ni tomar decisión alguna por parte del Ayuntamiento, que implique el favorecimiento y la ejecución de los Planes de la Comunidad de Madrid impidiendo la gestión privada de todo lo que esté dentro del ámbito de la Atención Primaria.

TERCERO.- Presentar alegaciones e impugnar los Pliegos y el procedimiento de contratación que dé lugar a la externalización de los servicios sanitarios, así como presentar alegaciones o impugnar cualquier decisión que suponga recortes de derechos o reducción de la cartera de servicios y prestaciones, consensuándose las mismas con todos los grupos políticos del Ayuntamiento.


Todo ello, en aras a garantizar el derecho a la salud y la cohesión del Sistema Nacional de Salud que tiene carácter universal.


En Colmenarejo a 20 de diciembre de 2012.

Macarena Elvira Rubio

Portavoz del Grupo Municipal Socialista.

LOS CONCEJALES SOCIALISTAS AYTO. DE COLMENAREJO INTERPONEN RECURSO DE REPOSICIÓN CONTRA LA CELEBRACIÓN DEL PLENO EXTRAORDINARIO DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DE 2012 Y CONTRA LOS ACUERDOS ADOPTADOS EN EL MISMO

LOS CONCEJALES SOCIALISTAS AYTO. DE COLMENAREJO INTERPONEN RECURSO DE REPOSICIÓN CONTRA LA CELEBRACIÓN DEL PLENO EXTRAORDINARIO DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DE 2012 Y CONTRA LOS ACUERDOS ADOPTADOS EN EL MISMO

Macarena Elvira y Luis Gomez de Agüero, Concejales Socialistas durante la celebracion de un pleno

LOS CONCEJALES SOCIALISTAS AYTO. COLMENAREJO INTERPONEN RECURSO DE REPOSICIÓN CONTRA LA CELEBRACIÓN DEL PLENO EXTRAORDINARIO DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DE 2012 Y CONTRA LOS ACUERDOS ADOPTADOS EN EL MISMO.

Macarena Elvira Rubio, Portavoz y Concejala del Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Colmenarejo,

E X P O N E

1º.- Que el viernes día 14 de diciembre de 2012, a las 15:31 h. de la tarde, recibo, a través del   correo electrónico que tengo asignado para las comunicaciones con el Ayuntamiento de Colmenarejo macarena.elvira@gmail.com, los siguientes documentos de la Concejalía de Hacienda: Estado de Ingresos de los Presupuestos 2013, Estado de Gastos del Presupuesto 2013,  Plantilla de Personal del Presupuesto 2013, Anexo de Personal Presupuesto 2013 y las Bases de Ejecución Presupuestaria.

Asimismo, se me comunica a través  del mismo correo que el resto de los informes no están disponibles.

2º.- Que el lunes día 17 de diciembre de 2012, a las 14:28 h. recibo a través  del correo electrónico que tengo asignado para las comunicaciones con el Ayuntamiento de Colmenarejo macarena.elvira@gmail.com la convocatoria de la Comisión Especial de Cuentas en la que dentro del orden del día aparece como punto número dos de los tres que integraban el mismo,  los Presupuestos del ejercicio 2013 y la convocatoria del Pleno Ordinario del mes de diciembre, en la que también se incluye como punto cinco del orden del día los Presupuestos 2013, ambas a celebrar el día 20 de diciembre.

La primera de ellas, a celebrar a las 13:00 h del día 20 y la segunda, como está fijado mediante Acuerdo de Pleno, a las 19:00 h. del mismo día.

En el cuerpo del correo electrónico se indica que la documentación de los asuntos- se entiende que de los puntos del orden del día tanto de la Comisión de Cuentas como del Pleno- se envía al día siguiente.

2º.- Que el jueves día 20 de diciembre de 2012, se celebra la Comisión de Cuentas sin que se puedan dictaminar por la misma los Presupuestos 2013, por faltar el informe económico-financiero de la Concejalía de Hacienda del  Ayuntamiento que es un documento preceptivo que debe estar a disposición de todos los Concejales de la Corporación en el momento de la Convocatoria de la Comisión de Cuentas.

Dicha circunstancia fue puesta de manifiesto por un concejal indicando que la Convocatoria de la Comisión de Cuentas estaba impugnada por faltar los informes preceptivos necesarios y obligatorios para tratar el punto del orden del día relativo a los Presupuestos de 2013.

3º.- Que el mismo jueves 20 de diciembre, en la sesión del Pleno Ordinario mensual, se deja sobre la mesa sin entrar al debate y votación el punto del orden del día relativo a los Presupuestos de 2013 a causa de la impugnación presentada a la convocatoria de la Comisión de Cuentas, por ser irregular al no estar toda la documentación disponible y al no haberse dictaminado los mismos por la Comisión de Cuentas, tal y como dispone la legislación vigente y aplicable a la materia.

4º.- Que el viernes  28 de diciembre de 2012,  a las 9:46 h., recibo correo electrónico del Ayuntamiento de Colmenarejo al correo designado al efecto para las comunicaciones con el Ayuntamiento, macarena.elvira@gmail.com el documento mediante el que el Secretario del Ayuntamiento me notifica que

 “ la Sra. Alcaldesa le convoca para que asista a la sesión extraordinaria de la Corporación Municipal el día 29 de DICIEMBRE de 2012, a las TRECE horas (13:00), en la que se tratarán los asuntos relacionados en el Orden del Día:  1.- Acta Sesión Anterior; 2.- Presupuesto Ejercicio 2013.

(El referido correo electrónico, se adjunta como documento nº 1 a efectos de comprobación).

En otras ocasiones, también ha habido problemas con las convocatorias en relación a la documentación obligatoria que ha de estar a disposición de los concejales en el momento de la convocatoria para su examen y obtención de copias, y hemos sido flexibles y generosos con la extrema lentitud e irregular gestión del Equipo de Gobierno, evitando un Contencioso.

No obstante, celebrar un Pleno ante una Convocatoria ilegal por no haberse convocado nuevamente la Comisión de Cuentas con toda la documentación ya completa a disposición de los concejales para poder debatir y tratar los Presupuestos 2013, que sufren notables recortes que afectan a derechos de los vecinos y llevarlos directamente a un Pleno Extraordinario con un orden del día  ilegal por no tener  el  dictamen previo y preceptivo de los mismos de la referida Comisión de Cuentas, vulnera de forma manifiesta el procedimiento legal de elaboración y aprobación de los Presupuestos, quebrantando y vulnerando con una desviación de poder, los derechos mínimos y básicos de los vecinos a través de los  concejales para poder realizar su trabajo y obligaciones de oposición defendiendo sus derechos, sus recursos y su participación política  a través de sus representantes en el Ayuntamiento. En definitiva hay una ausencia de procedimiento.

La falta de convocatoria a un Pleno con la antelación suficiente y la documentación pertinente de la misma, es decir, sin el envío y recepción del borrador de la sesión anterior, así como la falta del dictamen previo y preceptivo de la Comisión de Cuentas, sobre los Presupuestos 2013 y la no disponibilidad de la documentación establecida en la legislación sobre Haciendas Locales en el momento de convocar la Comisión de Cuentas, no es una cuestión puramente formal o de mero trámite, vician de nulidad el orden del día y la convocatoria del Pleno Extraordinario celebrado el día 29 de diciembre de 2012 y por tanto, son motivo suficiente para invalidar el Pleno Extraordinario referido y los acuerdos adoptados en el mismo, porque dichas reglas  son las que garantizan el funcionamiento del sistema democrático institucional y quebrantarlas supone actuar al margen de la legalidad y una desviación de poder que obvia el funcionamiento de los Ayuntamientos a través del sistema del sistema de representación política, no permitiendo que en mi calidad de Concejala pudiera realizar las tareas que me asigna el ordenamiento jurídico en unas mínimas condiciones dignas para realizar mis funciones que son derechos y deberes que tengo asignados. Es más, se me impidió poder asistir al Pleno, ya que no me encontraba en Colmenarejo y no tenía ninguna posibilidad por una parte, de asistir al Pleno y por otra de presentar las enmiendas al texto inicial de los Presupuestos, posibilidad que tampoco tuve anteriormente en la Comisión de Cuentas, por faltar documentación y no poder debatir y dictaminar los Presupuestos en la misma.

5º.- Que el sábado 29 de diciembre de 2012, a las 2:22 h., envío tanto al Registro del Ayuntamiento como a la Secretaría del Ayuntamiento, escrito de impugnación de la Convocatoria del Pleno por irregularidades en la misma, solicitando que no se celebre el mismo, por los perjuicios irreparables que supone la celebración del mismo y la adopción del acuerdo de aprobación inicial de los Presupuestos 2013.

Al mismo tiempo que  envío la impugnación, remito también al Ayuntamiento el correo electrónico recibido con la convocatoria del Pleno en el que se demuestra que la convocatoria no se hizo con la antelación suficiente y no se enviaba el borrador del acta de la sesión anterior, para que la Alcaldesa desconvoque el Pleno ilegal, y  pongo copia de la impugnación al resto de concejales de la oposición para su conocimiento y efectos oportunos, ya que yo no estaba notificada.

(Se adjunta el correo electrónico enviado como Documento nº 2).

El Equipo de Gobierno, saltándose el procedimiento, está impidiendo el ejercicio legítimo de los derechos de los concejales que han sido elegidos por sufragio universal para representar los intereses de los vecinos y están impidiendo el ejercicio de sus obligaciones de servicio público como cargos públicos recogidos en nuestra Constitución vulnerando la misma, al vulnerar la legalidad y el ejercicio de la participación democrática y legítima de los ciudadanos a través de sus representantes.

Además, en esta ocasión, es de extrema gravedad por los recortes e impuestos que estamos sufriendo y que golpean a las familias y a los vecinos de Colmenarejo a través, precisamente, de la aprobación de los Presupuestos Municipales.

6º.- Que teniendo en cuenta que el día 29 de diciembre de 2012 fue sábado y  aunque el registro está abierto y en teoría debería funcionar a nivel informático la recepción de los asuntos, se registró físicamente el escrito enviado vía correo electrónico para tener constancia de que la circunstancia de irregularidad de la convocatoria del Pleno referido, se recibía a tiempo por parte de la Alcaldía y la Secretaría del Ayuntamiento y evitar de este modo la celebración de un Pleno irregular e ilegal, pudiendo desconvocarse y evitando con ello mayores perjuicios.

El escrito de impugnación tiene fecha de entrada en registro de 29/12/2012 a las 11:05 horas y con el número 8759/2012, es decir, dos horas antes del Pleno y por tanto, tiempo suficiente para gestionar la desconvocatoria del Pleno.

(El escrito con el sello de registro se adjunta como documento nº 3).

Sin embargo, la Alcaldía, a sabiendas de la situación, decide celebrar el Pleno y se aprueban inicialmente los Presupuestos, obviando el escrito de impugnación y haciendo referencia a un Acuerdo sobre recepción de las notificaciones, que permite recibir las notificaciones por correo electrónico y dar por recibidas las mismas, si no se contesta el correo.

Sin embargo, este no es el caso dado que no hay envío con la antelación suficiente por parte del Ayuntamiento de la convocatoria y el contenido de la misma adolece de vicios al contener única y exclusivamente el orden del día sin el borrador del acta de la sesión anterior.  Además se han producido otras irregularidades notorias, como son la no convocatoria de la Comisión de Cuentas por segunda vez, dadas las irregularidades en la convocatoria de la primera que impidieron el dictamen preceptivo a la aprobación inicial de los Presupuestos por el Pleno por la falta de documentación.

Por otra parte, tal y como consta en la prensa local, otros concejales, pese a haber asistido al Pleno por haberse enterado extraoficialmente de su convocatoria, advirtieron no haber recibido la convocatoria e incluso uno de ellos manifestó haber presentado también escrito de impugnación.

En definitiva, pese a todas estas circunstancias, tal y como he indicado anteriormente, se celebra el Pleno con una convocatoria y procedimiento irregular, no porque no se hubiese confirmado la recepción vía correo electrónica del envío de la convocatoria, cuestión sobre la que habría que matizar distinguiendo  si se trata de un Pleno Extraordinario u Ordinario, sino porque hay una convocatoria que no respeta los tiempos y se omite la celebración de la Comisión de Cuentas que es parte esencial y preceptiva en el procedimiento para la aprobación de los Presupuestos Municipales.

7º.- A más abundamiento, añadir que el Acuerdo sobre notificaciones y su recepción al que se hizo referencia en el Pleno del día 29 para justificar la celebración del mismo y la recepción de las notificaciones, debe entenderse única y exclusivamente para las convocatorias a Plenos o a cualquier otro órgano cuyas reuniones tengan una periodicidad fija y preestablecida que permita saber con antelación cuando se va a celebrar la reunión del correspondiente órgano y de ahí que si no se responde por parte del concejal o concejala a la emisión de la comunicación enviada siempre con la antelación suficiente, podamos darle por notificado como es el caso única y exclusivamente de las reuniones de los Plenos Ordinarios que sabemos que tienen una periodicidad mensual fijada en Pleno y que se celebran los últimos jueves de mes.

Es decir, que se puede entender haciendo una interpretación flexible para facilitar el trabajo y la gestión del Ayuntamiento, que no hay indefensión y no se vulneran los derechos y los deberes, permitiendo, previo consenso por unanimidad de los concejales y concejalas del Ayuntamiento, que se dé por notificado a un concejal o concejala en relación  a la convocatoria de un Pleno Ordinario enviada con la antelación suficiente en el caso de que no responda al correo electrónico de convocatoria, pero estamos ante un Pleno Extraordinario, que no está prefijado y que se convoca directamente por la Alcaldía, por lo que la misma, debe velar para garantizar la emisión y la recepción de su convocatoria en tiempo y forma, debido a que se convocan con 48 horas de antelación y no es difícil que en algún caso, alguien no abra su correo electrónico durante esas 48 horas o que tenga algún problema informático o de otra índole para acceder a la información vía electrónica y en este caso, no ha habido notificación de la convocatoria porque no se ha cumplido las exigencias legales que marca la Ley a efectos de notificaciones.

De otro modo, está actuando discrecionalmente y puede tratarse de una clara desviación de poder, produciendo una indefensión manifiesta en la defensa de los intereses de los vecinos a través de sus representantes políticos a los que se les ha impedido realizar sus funciones.

Asimismo, añadir que difícilmente podría convocarse en este caso a un Pleno Extraordinario para aprobar inicialmente los Presupuestos de 2013 y darse por notificado, sin haber convocado previamente la Comisión de Cuentas para dictaminar los mismos.

8º.- Que por todas las irregularidades puestas de manifiesto, tanto la celebración del Pleno como los acuerdos adoptados en el mismo, entre ellos la aprobación inicial de los Presupuestos son nulos de pleno derecho en base a los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- El art. 6 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local establece que “Las entidades locales sirven con objetividad los intereses públicos que les están encomendados y actúan de acuerdo con los principios de eficacia, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho”

Asimismo, en su número 2 el  artículo 6 establece que “los Tribunales ejercen el control de legalidad de los acuerdos y actos de las entidades locales”.

En este sentido, el ordenamiento jurídico establece una serie de normas y trámites de obligada observancia y cumplimiento para la adopción de acuerdos como es la aprobación inicial de unos presupuestos municipales y la constitución y celebración de una reunión de un órgano colegiado como es un Pleno.

SEGUNDO.- De acuerdo con lo indicado en el Fundamento anterior, el Pleno Extraordinario celebrado el día 29 de diciembre de 2012 y en el que se adoptó el acuerdo resolutorio de aprobación inicial de los Presupuestos del Ejercicio 2013, nacen viciados de nulidad de pleno derecho por infracción del ordenamiento jurídico en las distintas normas que regulan el procedimiento de convocatoria del mismo y las que regulan los trámites previos y preceptivos a que debe someterse cualquier asunto que se incluya en el orden del día de un Pleno para su aprobación como se demuestra en los Fundamentos siguientes.

TERCERO.- En cuanto a la convocatoria de los Plenos Extraordinarios, la del caso que nos ocupa  salió del correo electrónico del Ayuntamiento un día antes de la celebración del Pleno y en dicho correo se me remitió únicamente el Orden del Día sin el borrador del Acta de la Sesión anterior.

A estos efectos, la normativa establece lo siguiente:

El art. 21 de la Ley 7/1985 de 2 de abril establece en la letra c de su número 1 que el Alcalde convoca y preside las sesiones del Pleno.

Por otra parte, el art. 46.2 del mismo texto legal, establece que se pueden celebrar Plenos Extraordinarios cuando así lo decida el Presidente, es decir, en este caso la Alcaldesa y para ello, en el párrafo tercero del mismo precepto legal se establece que:

“Las sesiones plenarias han de convocarse, al menos, con dos días hábiles de antelación, salvo las extraordinarias que lo hayan sido con carácter urgente, cuya convocatoria con este carácter deberá ser ratificada por el Pleno”. En el caso que nos ocupa, al tratarse de un Pleno extraordinario sin el carácter de urgente, se me debería haber convocado con dos días hábiles de antelación y sin embargo, se me convocó con uno y sin el contenido exigido por la normativa, lo que impidió la notificación y mi asistencia al Pleno, ya que no me encontraba en Colmenarejo y no tuve posibilidad ni margen de gestión, para llegar a tiempo provocando indefensión. No fui notificada.

En este sentido, el art. 46.2 del ROF establece que a la convocatoria de las sesiones se acompañará el orden del día comprensivo de los asuntos a tratar con el suficiente detalle, y los borradores de actas de sesiones anteriores que deban ser aprobados en la sesión, sin embargo, en el correo electrónico que se me envía solo contiene el orden del día pero no el borrador del acta de la sesión anterior, por lo que la convocatoria es nula al no haber sido notificada con los requisitos establecidos por la normativa.

Por otra parte, al tratarse de un Pleno Extraordinario, al acuerdo sobre las notificaciones de las convocatorias de los Plenos Ordinarios, no es trasladable a este caso concreto, ya que los Plenos Extraordinarios no tienen una periodicidad preestablecida y por tanto, podría darse el caso de que por problemas informáticos, como ha sido el caso, no llegara la convocatoria y la falta de comunicación de la recepción al Ayuntamiento, se interpretase como una notificación y recepción, provocando una indefensión absoluta. No es un acuerdo extensible a todos los supuestos y en el caso de las convocatorias a Plenos Extraordinarios u otros órganos sin periodicidad establecida, debe existir la constancia de la recepción por cualquier medio válido en Derecho.

Redundando en el tema, el número 3 del art. 46 del ROF establece que “la convocatoria, orden del día y borradores de actas deberán ser notificados a los concejales o Diputados en su domicilio” y el número 4 del mismo art. Establece que “Entre la convocatoria y la celebración de la sesión no podrán transcurrir menos de dos días hábiles, salvo en el caso de las sesiones extraordinarias urgentes.”.

En este sentido el art. 53 de la Ley 30/1992, de 26 de diciembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en adelante LRJPAC establece que:

“1. Los actos administrativos que dicten las Administraciones Públicas, bien de oficio o a instancia del interesado, se producirán por el órgano competente ajustándose al procedimiento establecido.

2. El contenido de los actos se ajustará a lo dispuesto por el ordenamiento jurídico y será determinado y adecuado a los fines de aquéllos”

Y el art. 47 de la LRJPAC establece que “Los términos y plazos establecidos en ésta u otras Leyes obligan a las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas competentes para la tramitación de los asuntos, así como a los interesados en los mismos”.

Por todo los fundamentos jurídicos alegados, la convocatoria a la sesión extraordinaria del Pleno del día 29 de diciembre de 2012, es nula de pleno derecho y por tanto nula la celebración del Pleno y los acuerdos adoptados, al estar viciado de nulidad el procedimiento desde inicio por falta de notificación en tiempo y forma y ausencia del contenido exigido por la Ley en el acto de convocatoria al faltar el borrador del acta de la sesión anterior.

Que tal circunstancia, debería constar en el expediente al que se refiere el art. 81 del ROF y en la Secretaría del Ayuntamiento de acuerdo con el número 2 del citado art. 81 que establece que:

“Siendo preceptiva la notificación a los miembros de las Corporaciones locales de las correspondientes órdenes del día, en la Secretaría general deberá quedar debidamente acreditado el cumplimiento de este requisito”. Es decir, que en este caso concreto, la circunstancia que debe constar en la Secretaría general, es el escrito de impugnación enviado al correo electrónico de la Secretaría al tiempo que fue enviado al Registro del Ayuntamiento a primeras horas del día 29 para evitar la celebración de un Pleno nulo y nulos los acuerdos que se adoptaran y el escrito físico de impugnación dejado en el Registro del Ayuntamiento y dirigido al Secretario del Ayuntamiento, poniendo en su conocimiento las irregularidades expuestas a fin de evitar perjuicios con la celebración del Pleno.

CUARTO.- En relación a otro aspecto obligatorio de la decisión por parte de la Alcaldía de la convocatoria de una sesión extraordinaria de Pleno, es decir, su motivación,  el art. 81 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en adelante ROF, establece en su número 1 que la convocatoria de las sesiones extraordinarias habrá de ser motivada.

Dicha motivación, tampoco existe porque no se trata de la convocatoria de un Pleno Extraordinario a finales de año y en medio de fiestas navideñas y vacaciones para  la aprobación definitiva del Presupuesto para cumplir los plazos del procedimiento legalmente establecido por el RDL 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales que indica en su artículo 169.2  que “la aprobación definitiva del presupuesto general por el Pleno de la corporación habrá de realizarse antes del día 31 de diciembre del año anterior al del ejercicio en que deba aplicarse” y evitar la prórroga automática del Presupuesto de 2012, sino de la aprobación inicial del mismo, a sabiendas de que estaban ausentes desde el día 26 de diciembre de 2012  hasta el día 4 de enero de 2013 dos concejales de la Corporación que así lo habían puesto en conocimiento del Ayuntamiento y de que en este momento ya están prorrogados los Presupuestos de 2012 porque la Alcaldía no ha cumplido lo establecido en el art. 168.4 que establece que

“(…) el presidente de la entidad formará el presupuesto general y lo remitirá, informado por la Intervención y con los anexos y documentación complementaria detallados en el apartado 1 del art. 166 y en el presente artículo, al Pleno de la corporación antes del día 15 de octubre para su aprobación, enmienda o devolución”.

Plazo que es el que permite aprobarlos definitivamente antes del 31 de diciembre, tras todo el trabajo previo de propuestas, aportaciones y sugerencias que permitan llegar a un presupuesto consensuado y acorde a lo que exige nuestro municipio que es lo que no se ha hecho incumpliendo la legislación sobre Haciendas Locales.

Por eso, no hay ni motivación para tomar la iniciativa de convocar un Pleno Extraordinario, ni convocatoria legal.

QUINTO.- En cuanto al Orden del día de la Convocatoria, el artículo 82.2 del ROF establece que:

“En el orden del día sólo pueden incluirse los asuntos que hayan sido previamente dictaminados, informados o sometidos a consulta de la Comisión informativa que corresponda.”

Sin embargo, la última Comisión de Cuentas que se celebró, no trató los Presupuestos de 2013, por impugnarse la convocatoria de la misma por otro Grupo Político al no estar a disposición de los concejales y concejalas miembros de la Comisión, la documentación exigida por el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales en el momento de la convocatoria y celebración de la Comisión, tal y como consta en la parte expositiva del presente recurso. Es decir, se aceptó la impugnación y no hubo dictamen siendo necesaria una nueva convocatoria de la Comisión de Cuentas para tratar los Presupuestos de 2013.

La referida convocatoria no se ha producido, ni se ha celebrado ninguna Comisión de Cuentas posterior, vulnerando nuevamente la normativa y siendo nulo el orden del día del Pleno que se celebró el día 29 de diciembre de 2012 y por tanto nulos sus acuerdos.

A más abundamiento, el artículo 93 del ROF establece que “La consideración de cada punto incluido en el orden del día (dentro de la sesión plenaria) comenzará con la lectura, íntegra o en extracto, por el secretario, del dictamen formulado por la Comisión informativa correspondiente.” Entiendo que dicha consideración, o se obvió y por tanto, hubo irregularidades en el procedimiento específico para tratar el punto del orden del día relativo al Presupuesto 2013, o debió decirse que el punto del Orden del día relativo a los Presupuestos de 2013 de la Comisión de Cuentas celebrada el día 20 de diciembre de 2012 fue impugnado y no se dictaminó, por lo que no era posible su debate y votación en el Pleno del día 29.

A estos efectos el artículo 126.1 del ROF establece que “Los dictámenes de las Comisiones informativas tienen carácter preceptivo y no vinculante”.

El art. 127.2 y 3 del ROF establece que corresponde a la Comisión especial de cuentas el examen, estudio e informe de todas las cuentas, presupuestarias y extrapresupuestarias, que deba aprobar el Pleno de la Corporación, de acuerdo con lo establecido en la legislación reguladora de la contabilidad de las entidades locales.

Bien a través del reglamento orgánico o mediante acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación, la Comisión especial de cuentas podrá actuar como Comisión informativa permanente para los asuntos relativos a Economía y Hacienda de la entidad.

El art. 137.2 establece que “De cada sesión de las comisiones informativas se levantará acta en la que consten los extremos a que se refieren los apartados a), b), apartados a), b), c), d), e), g), h) y j) del artículo 109.1 del presente Reglamento y a la que se acompañarán los dictámenes que hayan sido aprobados y los votos particulares que hayan sido formulados a aquéllos.

Puesto que lo que exige la normativa para incluir en el orden del día de un Pleno un punto para poder ser sometido a debate y votación no se ha producido, el acuerdo de aprobación inicial, no solo es nulo porque fue nula la convocatoria del Pleno por falta de notificación en tiempo y forma, sino también porque de forma independiente a la convocatoria es nulo el orden del día aprobado por la Alcaldía al no observar el procedimiento establecido para ello.

SEXTO.- Que el art. 62 de la LRJPAC establece que son nulos de pleno derecho los actos dictados prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido o de las normas que contienen las reglas esenciales para la formación de la voluntad de los órganos colegiados.

Que así mismo, el art 63 de la LRJPAC, establece que son anulables los actos de la Administración que incurran en cualquier infracción del ordenamiento jurídico, incluso la desviación de poder.

Asimismo, el número 2 del mismo art. 63 establece que el defecto de forma también determina la anulabilidad cuando el acto carezca de los requisitos formales indispensables para alcanzar su fin o dé lugar a la indefensión de los interesados.

SÉPTIMO.- Al existir indefensión e impedimento para ejercer mis funciones de cargo público, también se vulnera el art. 23 de la Constitución que establece que:

“1. Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.

2. Asimismo, tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las Leyes.”

En este caso concreto, queda perfectamente demostrado que no ha sido posible realizar las funciones en condiciones de igualdad, por no haberse cumplido los requisitos que señala el ordenamiento jurídico, vulnerando de esta forma un derecho fundamental susceptible de amparo constitucional de acuerdo con el art. 53.2 de la Constitución que establece que:

“2. Cualquier ciudadano podrá recabar la tutela de las libertades y derechos reconocidos en el artículo 14 y la Sección primera del Capítulo II ante los Tribunales ordinarios por un procedimiento basado en los principios de preferencia y sumariedad y, en su caso, a través del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Este último recurso será aplicable a la objeción de conciencia reconocida en el artículo 30.”

Expuestos los antecedentes del expositivo y argumentados los fundamentos jurídicos es por lo que se interpone recurso de reposición contra el orden del día del Pleno, su convocatoria, la sesión extraordinaria del Pleno celebrado el día 29 de diciembre de 2012 y los acuerdos adoptados en el mismo y se

SOLICITA

Que se tenga por presentado el presente recurso de reposición, se sirva admitirlo y se anule el Pleno celebrado el día 29 de diciembre de 2012, declarando inválidos y no conformes a derecho los acuerdos adoptados en el mismo, es decir, la aprobación del acta de la sesión anterior y la aprobación inicial de los presupuestos de 2013 en base a los fundamentos jurídicos expuestos.

Así mismo, se solicita la declaración de nulidad de la convocatoria, así como del orden del día de la sesión plenaria extraordinaria del día 29 de diciembre de 2012.

En Colmenarejo, a 8 de enero de 2013

Macarena Elvira Rubio.

Concejala y Portavoz del Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Colmenarejo